lunes, 31 de marzo de 2008

DL 994 atenta contra el derecho de propiedad de las comunidades campesinas

El día 13 de marzo el gobierno central emitió el Decreto Legislativo 994, por medio del cual buscaría promover la inversión privada en proyectos de irrigación. Sin embargo, dicha norma afecta el derecho constitucional a la propiedad de las Comunidades Campesinas. Frente a ello, el Grupo ALLPA, que reune a instituciones privadas y organizaciones nacionales campesinas, expresa su preocupación por la aprobación de este Decreto Legislativo, así como por el clima general que se ha creado frente a la supuesta condición de ociosas de tierras de las comunidades, siendo que la disponibilidad de las mismas es muy reducida. Asimismo, ponemos en conocimiento de la opinión pública lo siguiente: 


 1.- En el país existen seis mil comunidades campesinas que aprovechan más del 40% de la superficie agropecuaria y albergan a una parte importante de la población rural, entre la que se encuentra la más pobre del país. Además de haber construido caminos, escuelas, canales de irrigación y otras obras que con su esfuerzo siguen manteniendo, las comunidades campesinas aportan una parte importante de los alimentos que consumimos en las ciudades. De ellas dijo el Presidente García, durante su primer gobierno, que eran la célula básica de la sociedad. Actualmente la situación de las comunidades campesinas es muy precaria y casi invisible. Estuvieron casi ausentes en las propuestas durante la campaña electoral de 2006, y no aparecen en los actuales planes oficiales. Apenas se las menciona en la Estrategia Nacional de Desarrollo Rural y no se las toma en cuenta en el publicitado Programa Sierra Exportadora. 

 2.- En ese contexto, el Decreto Legislativo 994 es insconstitucional porque desconoce el derecho de propiedad, consagrado en el artículo 70 de nuestra Carta Magna. En efecto, al precisar cuáles son las tierras eriazas que el Estado entregará a los particulares, comete el exceso de considerar de propiedad del Estado todas las tierras eriazas con aptitud agrícola, salvo que estén tituladas, sea en forma individual o comunal y que ese título esté inscrito en los Registros Públicos. Esa última exigencia, que fue muy criticada al momento de aprobarse el Reglamento de la Ley de Tierras, plantea una condición muy difícil de cumplir para las comunidades campesinas y nativas. El Ministerio de Agricultura reconoció a fines de 2007 que mil cien comunidades campesinas carecían de título de propiedad (Resolución Ministerial Nº 378-2007-AG). Contraviniendo la obligación constitucional (artículos 70, 88 y 89), así como las normas de la Ley General de Comunidades Campesinas, la Ley de Deslinde y Titulación del Territorio Comunal, así como de la Ley de Comunidades y de Desarrollo de la Selva y Ceja de Selva, lo mismo que del Convenio 169 de la OIT (ratificado por el Perú), se desconoce con este nuevo Decreto Legislativo el derecho de las comunidades sobre sus tierras. Se vulnera también los preceptos del Código Civil, pues en el Perú la inscripción de la propiedad en los registros públicos no es obligatoria sino tan solo facultativa. 

 3.- Las principales afectadas con el Decreto Legislativo 994 pueden ser las comunidades campesinas, en especial las ubicadas en la costa, que son titulares de enormes extensiones desérticas, que se mantienen así por falta de recursos y de apoyo estatal. En algunos casos, esas comunidades pagaron a la Corona española por sus tierras y en otros casos al Estado Peruano, por lo que una ley como esta plantea una confiscación, lo que resulta inconstitucional. 

 4.- El artículo 4 del Decreto Legislativo 994 menciona que los proyectos de irrigación aprovecharán aguas de libre disponibilidad, lo que será determinado por la autoridad competente. Preocupa por ello, que ante la falta de información, se otorgue licencia para uso de agua afectando a comunidades que no podrán seguir desarrollando sus prácticas ancestrales, al disminuir la disponibilidad de agua y no podrían defenderse pues no cuentan con licencia. Tampoco el Decreto Legislativo comentado toma en cuenta las tensiones existente entre gobiernos regionales por el uso del agua, como los casos de La Libertad y Ancash o Ica y Huancavelica. 

 5.- Cabe indicar que esta actitud del gobierno no es aislada ya que desde fines de 2007 se vienen impulsando distintos proyectos de ley que afectan de una u otra forma a las comunidades campesinas y nativas. Así, se encuentran en trámite en el Congreso el proyecto que propone establecer un régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales, comunidades campesinas y nativas (proyecto 1770/2007-PE); el que declara de interés público la titulación, registro y rectificación de predios rurales, comunidades campesinas y nativas (proyecto 1900/2007-CR); y el que busca facilitar la adjudicación de tierras comunales a los comuneros y su venta a terceros (proyecto 1992/2007-PE). 

 En este contexto, demandamos al Congreso de la República proceda a realizar una cuidadosa revisión de la constitucionalidad del Decreto Legislativo 994, y preste mayor atención a la situación de las comunidades campesinas.



7 comentarios:

  1. Estaba leyendo algunas de sus posiciones y he podido ampliar algunos criterios que tengo sobre los temas vinculados al agro.

    Espero pueda sugerir algunas cosas en mis planteamientos propuestos en el siguiente Blog de mi autoría.


    visordelvalle@blogspot.com

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  2. Felicito su iniciativa de dar a conocer a la opinión pública la problemática de las Comunidades Campesinas. Con la dación de estas normas legales, el Gobierno está promoviendo la disolución de las Comunidades Campesinas para favorecer la inversión privada en la agricultura, en lugar de promover mecanismos para apoyar la iniciativa de muchos comuneros que buscan infructuosamente la productividad de sus tierras. Ellos no pueden acceder a créditos en la banca privada, en consecuencia no pueden invertir en sus tierras. Acaso el Gobierno no sabe que muchos comuneros han presentado al Banco Agrario solicitudes de préstamo, pero q estas son rechazadas porque solo poseen un certificado de posesión comunal, lo que les induce a los comuneros a pensar que la única solución para progresar es convertirse en propietarios, señores el ocioso no es el campesino, ociosos son los asesores que no buscan soluciones para otorgar préstamos a estos comuneros, simplemente los rechazan. Me pregunto ¿ Cómo pueden invertir en sus tierras si se les cierra todas las puertas para acceder a un crédito?

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  3. Apreciado Dr. del Castillo:
    Con el fin de difundir estos graves atropellos contra los derechos indigenas, me he permitido compartir el enlace a su pagina web con dos listas de investigadores internacionales:

    -Etnolinguistica,
    -Latin American Studies Association (comision sobre etnicidad, raza y pueblos indigenas)

    Por favor, mantenga esta informacion accesible y continue con su importante labor.

    Pilar Valenzuela

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  4. No es cierto que el Decreto legislativo 994 afecta el derecho de propiedad de las comunidades campesinas puesto que en su artículo 3.2. “Para los fines de esta norma, las tierras eriazas con aptitud agrícola son de dominio del Estado, salvo aquéllas sobre los que exista título de propie-dad privada o comunal”.
    En cambio para los campesinos sin tierras, campesinos pobres, miembros de los pueblos tradicionales, PYMEs y otros sectores esta ley constituye la primera vez que se tiene un instrumento legal para acceder a la propiedad de la tierra o para formalizar nuestra posesión o propiedad que asemos uso y aprovechamos las del 60% de las tierras quienes tenemos derecho a acceder a mas tierras si las tenemos a tierras si es que no las tenemos..
    Es el caso que la falta de estabilidad jurídica para millones de pobres del campo es la base sobre la que se produce el abuso legal y económicos de los comerciantes de las autorida-des y base para el estado de perma-nente inestabilidad y permanente pago de coimas.
    Respecto a las comunidades campesinas el problema radica en que los Congresistas de la república se niegan a legislar los procedimientos para la titulación de las comunidades campesinas de manera tal que no se proceda al capricho de las autoridades del Minis-terio de Agricultura entidad en la que no existe un procedimiento ni funcionares específicamente asignado para atender esta gestión de reconocer y titular a las comunidades campesinas. Tanto es así que 1,100 comunidades campesinas carecen de títulos y cerca del tres mil tienen problemas sobre el deslinde y titulación de sus trieras

    epimen35@gmail.com

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  5. Este gobierno, lo unico que pretende es beneficiar a las grande empresas , pues es el caso de mi comunidad (Comunidad Campesina de Santiago de Cao), que ha sido invadida ilegalmente por empresas como Cartavio, Chiquitoy, Trupal con un aproximado de 2,000hras., hoy en poder del Grupo GLORIA, que sería la gran beneficiaria con esta ley puesto que se valdría de su poder económico para tratar de legalizar su posesión, debido a que mi comunidad viene luchando por mas de 30 años para titular sus tierras y que por el abandono del gobierno y movidas en las instituciones:Poder judicial, PETT,COFOPRI y por su incapacidad económica,falta de orientación técnica,etc. etc. no puede conseguir la ansiada TITULACION.
    Esto demuestra que el gobierno actual lo que pretende es entregar las tierras de las comunidades a las grandes empresas y que nosotros los campesinos seamos sus sirvientes

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  6. hola muchachos bueno soy un joven universitario que le han dejado de trabajo el analisis de este decreto, me ha ayudado mucho las opiniones presentes, pero me gustaria dilucidar una de mis principales dudas, ¿ x q es tan dificil que los comuneros titulen sus tierras, no es tan sencillo como parece o que?, bueno por otro lado , vi un comentario que decian que no se les da creditos a los comuneros, pero hasta lo que se es que una vez el Estado los otorgo , y lo unico que hicieron fue malgastarlo en bienes superfluos(trago, ropa,etc.), corríjanme si me equivoco.

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  7. Es dificil titular las tierras de las comunidades por que el estado no apoya en nada ya sea con orientacion o presionando a instituciones como el PET, hoy COFOPRI , registros Publicos, no pongan trabas a las gestione, y en cuanto a que se dio creditos a las comunidades este estudiante esta en la luna o es un "compañero" de este gobierno pues justamente las comunidades nunca han sido consideradas para credito alguno por parte de las instituciones financieras a diferencia de otras instituciones como9 las grandes azucareras que este gobierno actualy el anterior de Alan Garcia hasta les condonaba las deudas.

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